Frente a imprevistos de la vida y para proteger tu patrimonio familiar, asegúrate frente a fallecimiento, invalidez o muerte accidental. Obtienes doble capital en caso de accidente y un anticipo de capital ante el diagnóstico de una enfermedad terminal; además con la flexibilidad de poder elegir el plazo de contratación a un bajo costo mensual.
Seguro flexible
Eliges el plazo por el que quieres asegurarte y el capital a contratar.
Liquidez frente a enfermedades terminales
Si eres diagnosticado por una enfermedad terminal, te entregamos un anticipo del capital contratado.
Disfruta los beneficios de Club Viva
Programa de beneficios y descuentos en más de 100 comercios a lo largo del país para todos los asegurados de Vida Security.
Bajo costo mensual
Puedes protegerte frente a fallecimiento o enfermedades desde UF 0,8 mensuales.
Doble protección por muerte accidental
Tus beneficiarios reciben el doble del monto contratado en la cobertura principal en caso de muerte accidental.
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Aprende cómo determinar tu capital asegurado
En Vida Security te contamos cómo elegir tu capital asegurado para que tú y tu familia o beneficiarios queden protegidos en caso que tú no estés.
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Capital asegurado frente a fallecimiento*
Frente a fallecimiento natural puedes protegerte con un capital asegurado entre UF 1.000 y UF 10.000. Si el fallecimiento es causado por un accidente, se entrega el doble de indemnización a tus beneficiarios, mientras que si la muerte es por causas naturales, sólo se entrega el capital contratado.
Para más detalle de cobertura y exclusiones: Fallecimiento (POL 220131805) y Muerte Accidental (CAD 3 2013 1658)
Elige el periodo de contratación
Lo puedes elegir desde un año renovable automáticamente o a plazos fijos de 5 a 45 años.
Cobertura de Invalidez Accidental
Cubre la invalidez que se produce a raíz de un accidente, pagando un porcentaje de acuerdo a la pérdida producida.
Para más detalle de cobertura y exclusiones: Invalidez por Accidente (CAD 3 2013 1661)
Cobertura de liquidez anticipada por enfermedad
Anticipo de Capital por Enfermedad Terminal (ACET)
Anticipo del 40% del capital contratado en fallecimiento en caso de recibir un diagnostico de enfermedad terminal, con expectativa de vida igual o menor a 12 meses.
Para más detalle de cobertura y exclusiones: Anticipo de Capital por Enfermedad Terminal (CAD 320131654)
¿Desde qué edad puedo contratar el Seguro Temporal Plus?
Desde los 20 hasta los 60 años y 6 meses de edad.
La edad máxima de permanencia es hasta los 65 años, por lo que debes elegir el plazo que sumado a tu edad de contratación no supere la edad máxima de permanencia.
* El pago de la indemnización se realizará conforme a las normas tributarias vigentes al momento de llevarse a cabo.
Exclusiones Seguro de Vida sin Valores Garantizados
Este seguro no cubre el riesgo de muerte si el fallecimiento del asegurado es causado por:
- Suicidio, automutilación, o autolesión.
- No obstante, la compañía aseguradora pagará el capital asegurado a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que, hubieran transcurrido dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro, desde su rehabilitación o desde el aumento de capital asegurado.
- Pena de Muerte o por participación en cualquier acto delictivo.
- Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario o quien pudiere reclamar la cantidad asegurada o la indemnización.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas.
- Realización o participación en una actividad riesgosa, considerándose como tales aquellas que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo y/o se requiera de medidas de protección y/o seguridad para realizarlos.
- Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
- Conducción de algún vehículo motorizado cuando el asegurado se encuentre bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos desinhibidores, alucinógenos, somníferos o en estado de ebriedad.
Exclusiones de Invalidez por Accidente y Muerte Accidental
Este seguro excluye de su cobertura la invalidez o fallecimiento del asegurado que ocurra a consecuencia de:
- Intento de suicidio, cualquiera sea la época en que ocurra o por lesiones inferidas al asegurado.
- La participación del asegurado en actos temerarios.
- La práctica de deportes riesgosos tales como: inmersión submarina, montañismo, alas delta, paracaidismo; carreras de caballos, automóviles, motocicletas y lanchas; y otros deportes riesgosos, que no hayan sido d asegurado al momento de contratar el seguro o durante su vigencia.
- La práctica o el desempeño de alguna actividad, profesión u oficio claramente riesgoso, que no hayan sido declarados por el asegurado.
- Que el asegurado se encuentre en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o alucinógenos.
- Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en transporte aéreo comercial.
- Tratamientos médicos, fisioterapéuticos, quirúrgicos o anestésicos.
- Exclusiones de Anticipo de Capital por Enfermedad Terminal
- La compañía no anticipará ninguna indemnización cuando la enfermedad terminal sea consecuencia de alguna de las siguientes causas:
- Tentativa de suicidio del asegurado.
- Si es provocado por dolo o culpa grave del asegurado.
- Por duelo o riña, salvo que se tratase de legítima defensa.
- Acto de guerra civil o internacional, guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular.
- Abuso del alcohol, drogas, estupefacientes, narcóticos o estimulantes.
- Someterse a intervenciones médicas o quirúrgicas ilícitas.
- Por la práctica o el uso de la navegación aérea, salvo como pasajero en líneas regulares.
- Por la participación en viajes o prácticas deportivas submarinas o subacuáticas o escalamiento de montaña.
- Competir en pruebas de peripecia y/o velocidad con vehículos mecánicos o de tracción a sangre.
- Intervenir en pruebas de prototipos de aviones, automóviles y otros vehículos de propulsión mecánica.
- Desempeño paralelo de las profesiones de acróbata, buzo, jockey y domador de potros o fieras y/o la práctica de deportes o actividades peligrosas.
- De una infección que sea consecuencia directa o indirecta del virus HIV de Inmuno Deficiencia Humana.
- Acontecimientos catastróficos originados por reacciones nucleares.
- Cuando la enfermedad terminal sea consecuencia de una enfermedad cancerosa, excepto, si existen evidencias inequívocas de metástasis del tumor original.
Exclusiones de Anticipo de Capital por Enfermedad Terminal
Este seguro excluye de su cobertura la invalidez o fallecimiento del asegurado que ocurra a consecuencia de:
- Tentativa de suicidio del asegurado;
- Si es provocado por dolo o culpa grave del asegurado;
- Por duelo o riña, salvo que se tratase de legítima defensa, empresa o acto criminal o aplicación legítima de la pena de muerte;
- Acto de guerra civil o internacional, guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular, cuando el asegurado hubiera participado como elemento activo;
- Abuso del alcohol, drogas, estupefacientes, narcóticos o estimulantes;
- Someterse a intervenciones médicas o quirúrgicas ilícitas;
- Por la práctica o el uso de la navegación aérea, salvo como pasajero en líneas regulares, o por otras ascensiones aéreas o aladeltismo;
- Por la participación en viajes o prácticas deportivas submarinas o subacuáticas o escalamiento de montaña;
- Competir en pruebas de peripecia y/o velocidad con vehículos mecánicos o de tracción a sangre o en justas hípicas, o cualquier otra prueba análoga;
- Intervenir en pruebas de prototipos de aviones, automóviles y otros vehículos de propulsión mecánica;
- Desempeño paralelo de las profesiones de acróbata, buzo, jockey y domador de potros o fieras y/o la práctica de deportes o actividades peligrosas como alpinismo, andinismo, esquí acuático o de montaña o motonáutica u otras actividades análogas y manipulación de explosivos y/o armas o con exposición a radiaciones atómicas;
- De una infección que sea consecuencia directa o indirecta del virus HIV de Inmuno Deficiencia Humana;
- Acontecimientos catastróficos originados por reacciones nucleares;
- Cuando la enfermedad terminal sea consecuencia de una enfermedad cancerosa, excepto, si existen evidencias inequívocas de metástasis del tumor original.
La presente información sólo representa un resumen de la cobertura principal, el detalle de esta y las exclusiones correspondientes se encuentran en la POL 220131805, CAD 320131658, CAD 320131661 y CAD 320131654.
Para mejorar el futuro, tenemos que asegurar el presente. Si aún no eres cliente, deja tus datos y te contactaremos para ayudarte a planificar tu futuro.