¿Qué es el Seguro Proyexxión con anticipo de capital asegurado?
Este es un seguro ideal para ti y tu familia, porque a ellos los protege frente a tu fallecimiento y a ti frente a invalidez e intervenciones quirúrgicas que pudiesen afectar tu estabilidad financiera. Al mismo tiempo es un seguro con ahorro, ya que al término del tiempo pactado, te anticipamos el 100% del capital asegurado.
Beneficios del Seguro Proyexxión con anticipo de capital asegurado
Cobertura ante fallecimiento
Este seguro cuenta con distintas alternativas de capital asegurado que se adaptan a tus necesidades. Si al término del periodo no has usado esta cobertura, te anticipamos el 100% del capital asegurado de fallecimiento.
Bajo costo mensual
Completo seguro pagando desde UF 0,6 mensuales.
Cobertura para intervenciones quirúrgicas
Recibirás el 50% de los gastos que no cubra tu Isapre o Fonasa al tener tu Seguro Proyexxión.
Disfruta los beneficios de Club Viva
Programa de beneficios y descuentos en más de 100 comercios a lo largo del país para todos los asegurados de Vida Security.
Revisa el detalle de tu Seguro Proyexxión
Seguro con cobertura principal de fallecimiento
Este seguro te cubre frente a fallecimiento con cobertura a 5 años con capital asegurado de UF 30, UF 40, UF 50, UF 100 o UF 200 ; plan de 10 años con capital asegurado de UF 50 o UF 100.
Puedes contratarlo entre los 18 y 60 años con 6 meses de edad, pudiendo permanecer asegurado hasta los 70 años.
Cobertura mientras la póliza esté vigente.
Para más detalle de cobertura y exclusiones: Cobertura de Fallecimiento (POL 2 2014 0049)
Doble protección por muerte accidental
Tus beneficiarios reciben el doble del monto contratado en la cobertura principal en caso de muerte accidental.
Cobertura hasta antes de cumplir 65 años.
Para más detalle de cobertura y exclusiones: Cobertura de Muerte Accidental (CAD 3 2013 1658)
Cobertura Invalidez total y Permanente 2/3
En caso de producirse una Invalidez Total y Permanente que deteriore en un 66,66% tu capacidad de trabajo, la Compañía te adelanta el capital de fallecimiento. Debes considerar que al entregar este beneficio, termina el seguro y con ello la cobertura.
Cobertura hasta antes de cumplir 60 años.
Para más detalle de cobertura y exclusiones: Cobertura de Invalidez Total y Permanente 2/3 (CAD 3 2013 1547)
Cobertura Intervenciones quirúrgicas:
Se reembolsará el 50% de los gastos no cubiertos por la Isapre, Fonasa u otras instituciones, con un tope del 20% del capital contratado.
Carencia de 3 meses. En caso de cesárea la carencia es de 9 meses. Cobertura hasta antes de cumplir 65 años.
Para más detalle de cobertura y exclusiones: Cobertura de Intervenciones Quirúrgicas (CAD 3 2013 1549)
Seguro Oncológico
Nadie está libre de enfrentar un cáncer y que su tratamiento afecte su estabilidad financiera. Esta cobertura te protege ante el diagnóstico clínico de cáncer primario, pagando el 100% del capital contratado para esta cobertura para esta cobertura.
- Capital asegurado: entre UF 100 y UF 500.
- Edades de ingreso y permanencia: desde 1 año hasta 64 años.
- Esta cobertura mantendrá su vigencia mientras esté vigente el seguro principal contratado y hasta los 65 años.
Para más detalle de cobertura y exclusiones: Seguros de Salud Oncológico (POL 3 2018 0014)
Este seguro no indemniza cuando el fallecimiento es causado por:
- Suicidio, automutilación, o autolesión. No obstante lo anterior, la compañía aseguradora pagará el Capital Asegurado a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieran transcurrido, a lo menos, dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro, desde su rehabilitación o desde el aumento de capital asegurado. En éste último caso el plazo se considerará sólo para el pago del incremento del Capital asegurado.
- Pena de muerte o por la simple participación en cualquier acto calificado como delictivo.
- Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario o quien pudiere reclamar la cantidad asegurada o la indemnización.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado.
- Realización o participación en una actividad riesgosa, considerándose como tales aquellas que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo y/o se requiera de medidas de protección y/o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo y sin ser restrictivos en su enumeración, se considera riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajo, deporte o actividad en altura superior a 20 metros o líneas de alta tensión, inmersión submarina a más de 30 metros de profundidad, paracaidismo, alas delta, benji, parapente, andar en cuatrimoto o motocicleta, como conductor o pasajero, carreras de auto, montañismo sobre 3.000 metros del nivel del mar, vuelos no regulares como conductor, tripulante o pasajero, carreras de caballo, ski fuera de canchas habilitadas, etc.
- Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
- Conducción de algún vehículo motorizado cuando el asegurado se encuentre bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos desinhibidores, alucinógenos, somníferos o en estado de ebriedad. Para efectos de esta exclusión se entiende que una persona se encuentra en estado de ebriedad cuando posea un resultado igual o superior a 0.8 gramos de alcohol por mil gramos de sangre al momento del accidente. Para estos efectos se establece que la cantidad de alcohol en la sangre de una persona desciende 0.11 gramos por mil cada hora.
- En todos estos casos, la compañía aseguradora sólo deberá pagar al contratante, y a falta suya a quien sus derechos represente, el valor de rescate que pueda corresponder, previa deducción de cualquier deuda que el contratante tuviera con la compañía aseguradora.
La presente información sólo representa un resumen de la cobertura principal, el detalle de esta y las exclusiones correspondientes se encuentran en POL 2 2014 0049.
¿Qué pasa si no ocupo el seguro al término del plan contratado?
En caso de sobrevivencia, al término de vigencia de la póliza, se anticipa el 100% del capital del plan contratado en el Seguro.
¿Puedo contratar coberturas adicionales a mi Seguro Proyexxión?
Sí, puedes complementarlo con un Seguro Oncológico que cubre hasta antes de cumplir 65 años.
¿Este es un seguro de vida con ahorro?
Sí, ya que puedes ahorrar mientras proteges a tu familia. En caso de no ocupar el seguro, una vez terminado el contrato, se anticipa el 100% del capital asegurado.
¿Quiénes pueden contratar el Seguro Proyexxión con anticipo de capital asegurado?
Pueden contratarlo mayores de 18 años hasta los 60 años. La edad máxima de permanencia en el seguro es hasta los 70 años.
¿Me conviene un seguro de vida con ahorro como el de Proyexxión?
Sí, porque al ser un Seguro de Vida con Ahorro, podrás proteger a los que más quieres y a la vez ahorrar, ya que si no se ocupa el seguro, te anticiparemos el 100% del capital.
Además tiene varios beneficios, como un bajo costo mensual, coberturas adicionales como reembolso ante intervenciones quirúrgicas y ser parte del Club Viva para acceder a descuentos en distintos comercios.
¿Para qué puedo usar un seguro de vida con ahorro?
Si te es difícil ahorrar, esta es una buena opción para comenzar, ya que además estarás protegiendo a tu familia ante un imprevisto. Nuestros Seguros de Vida con Ahorro tienen distintas coberturas y también puedes contratar otras adicionales.
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Para mejorar el futuro, tenemos que asegurar el presente. Si aún no eres cliente, deja tus datos y te contactaremos para ayudarte a planificar tu futuro.