Mejor seguro de vida

Seguro de Vida

Protección para trabajadores

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Seguro de Vida Protección para trabajadores
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Protege a tus trabajadores y a su familia, entregando cobertura de fallecimiento al trabajador para que su familia quede con un respaldo económico.

Protección ante fallecimiento*

Este seguro indemniza a los beneficiarios del trabajador, entregándoles el capital asegurado en caso de su fallecimiento natural o accidental.

Disfruta los beneficios de Club Viva

Programa de beneficios y descuentos en más de 100 comercios a lo largo del país para todos los asegurados de Vida Security.

 

* El pago de la indemnización se realizará conforme a las normas tributarias vigentes al momento de llevarse a cabo.

Mínimo de trabajadores para el seguro

Puedes cotizarlo para empresas de 60 o más trabajadores.

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Póliza

Revisa el detalle de este seguro

    Este seguro no cubre la muerte del asegurado cuando esta se produce a consecuencia de, o por complicaciones de:

    • Suicidio o lesiones auto inferidas, no obstante, la compañía aseguradora pagará el capital asegurado a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieran transcurrido a lo menos, un año completo e ininterrumpido desde la fecha de incorporación del asegurado o desde el aumento del capital asegurado.
    • Pena de muerte o por participación del asegurado en cualquier acto delictivo, en calidad de autor, cómplice o encubridor.
    • Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del asegurado, incluyéndose la muerte a causa o con ocasión de su estado de ebriedad, o cualquier acto calificado como delito por la ley, cometido en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario o quien pudiera reclamar el capital asegurado.
    • Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas.
    • Cualquier acto de terrorismo.
    • Realización o participación en una actividad riesgosa, considerándose como tales aquellas que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo y/o se requiera de medidas de protección y/o seguridad para realizarlos.
    • Conducción de algún vehículo motorizado cuando el asegurado se encuentre bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos desinhibidores, alucinógenos, somníferos o en estado de ebriedad.
    • Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
    • Situaciones o enfermedades preexistentes.

     

    La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de estas y las exclusiones correspondientes se encuentran en el POL 2 2013 1391 y en plan contratado.

    Para mejorar el futuro, tenemos que asegurar el presente. Si aún no eres cliente, deja tus datos y te contactaremos para ayudarte a planificar tu futuro.

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