Vive OK


Es un seguro de salud que cubre el 100% de los gastos médicos y enfermedades de alto costo después de hacer uso del plan de salud en Isapre y 50% en Fonasa o sin cobertura en la Institución de Salud. Está diseñado especialmente para entregar a ti y a tu familia una completa cobertura para prestaciones médicas. De manera que puedas sentirte aliviado ante alguna enfermedad o accidente.
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Ventajas
Cuenta con cobertura de prestaciones médicas y gastos médicos elevados para ti y tu familia.
El capital de cobertura para gastos médicos está entre los más altos del mercado.
Renovación anual no garantizada que puede cubrir hasta los 99 años al titular y su cónyuge, con variación de prima por edad si ingresaron antes de cumplir los 59 años.
Sin deducible en las siguientes enfermedades; Infarto al miocardio, Accidente vascular encefálico(AVE), Cirugía de bypass aortocoronaria, Cáncer, Insuficiencia renal crónica (por una vez por asegurado por vigencia de por vida de la póliza).
Tienes completa libertad para elegir los médicos y centro de atención.
El titular de la póliza, adicionalmente a la cobertura de salud, estará asegurado por 200 UF en caso de Fallecimiento.
Coberturas
- Este seguro anual reembolsa los gastos médicos producidos por cualquier enfermedad(excepto enfermedades preexistentes, sida, enfermedades psiquiatricas, heridas autoinferidas y tratamiento de drogas y alcohol, entre otras), incluyendo también todos los gastos médicos ocacionados por un accidente. El Vive OK! reembolsa gastos después de hacer uso del plan de salud de Isapre o Fonasa.
Tiene tres coberturas:
Beneficios por Hospitalización:Corresponde a los gastos médicos ocurridos durante una hospitalización preescrita por un médico.
Beneficio Ambulatorio:Se refiere a los gastos de cirugía ambulatoria, consultas médicas relacionadas con la enfermedad, exámenes de laboratorio, radiografías.
Beneficios en el extranjero: Este beneficio cubre los gastos efectivamente incurridos en el extranjero, siempre que el asegurado esté afiliado a una Isapre, y que dicha institución le otorgue cobertura en el extranjero.
Cabe destacar la gran ventaja que implica que para el Asegurado y su Cónyuge es que VIVE OK les cubre en forma Vitalicia, si ingresaron antes de cumplir los 59 años.
Tope por Asegurado y por toda la vigencia de la póliza de 35.000 UF. Cuando los asegurados cumplan 80 años el capital baja a 5.000 UF.
Es un seguro anual de renovación automática. La prima cambia por tramos de edad. Para tarificación se utiliza la edad actuarial del mayor de los asegurados.
Deducible de UF100 por evento y por año hasta los 69 años (364 días) y de UF 150 desde que los asegurados cumplan 70 años.
Cubre el 100% de los gastos efectuados en Chile si la persona tiene cobertura de Isapre y 50% si la Isapre de la persona no tiene cobertura de la prestación o posee Fonasa.
Cubre el 80% en el extranjero si el asegurado tiene cobertura de Isapre y aceptación de la compañía y el 50% si no tiene cubierta la prestación por su Isapre o Fonasa.
El asegurado califica sólo para personas afiliadas a un sistema de salud.
En caso de sufrir alguna de las siguientes enfermedades, no habrá pago de deducible ( beneficio a utilizar por una única vez por asegurado): Cáncer; By Pass, Infarto al miocardio, Accidente vascular encefálico e insuficiencia renal crónica.
Carencia de tres meses sólo por enfermedad.
Edades de ingreso y tope de cobertura

Exclusiones
CAD 3 10 152 Clausula Adicional de Prestaciones Médicas
La hospitalización para fines de reposo o psiquiátricos
Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamientos.
Los tratamientos estéticos plásticos, dentales, ortopédicos y otros tratamientos que sean para fines de embellecimiento o para corregir malformaciones.
Cirugía plástica o cosmética, a menos que sea necesitada por una lesión accidental que ocurra mientras el asegurado se encuentre amparado por la póliza.
Tratamientos por adicción a drogas o alcoholismo, - SIDA -, lesión, enfermedad o tratamiento causado por ingestión voluntaria de somníferos, barbitúricos, drogas o similares.
Lesión o enfermedad causada por:
Guerra civil o internacional, sea que esta haya sido declarada o no, invasión y actividades u hostilidades de enemigos extranjeros. Participación activa del asegurado en rebelión, revolución, insurrección o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país.Participación del asegurado en actos calificados como delitos por la ley. Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del asegurado. Hechos deliberados que cometa el asegurado, tales como los intentos de suicidio, lesiones autoinferidas y abortos provocados. Fusión y fisión nuclear.
Todo tipo de exámenes dentales, extracciones, empastes y tratamiento dental en general que no sean a causa de lesiones provenientes de un accidente. También se excluirán los tratamientos maxilofaciales que no sean consecuencia de lesiones provenientes de un accidente.
Aparatos auditivos, lentes o anteojos ópticos.
Medicamentos, remedios, drogas e insumos, con excepción de los otorgados en el punto A) Beneficios de Hospitalización.
Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el solo efecto preventivo.
La atención particular y o privada de enfermería, dentro o fuera del recinto hospitalario.
Gastos por acompañantes, mientras el asegurado se encuentre hospitalizado.
Lesión o enfermedad surgidas de la ocupación del asegurado, cubierta por la legislación de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Embarazos, partos sus consecuencias y complicaciones, de acuerdo a lo señalado en la letra t) de este artículo tercero.
Epidemias oficialmente declaradas.
Tratamientos de esterilidad y fertilidad.
La práctica de actividades, profesiones, oficios o deportes riesgosos que pongan en peligro la vida y/o la integridad física de las personas como por ejemplo, automovilismo, aviación civil, paracaidismo, alas delta, parapente, buceo, motociclismo, montañismo, etc. hayan sido declarados o no por el asegurado al momento de contratar el seguro o durante su vigencia.
Las actividades deportivas profesionales.
Obesidad mórbida, trastornos de la talla o de crecimiento y/o delgadez.
Tratamiento, prácticas quirúrgicas y medicación experimental.
Situaciones o enfermedades preexistentes.
Cualquier prestación relacionada con Estética.
** La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de estas y las exclusiones correspondientes se encuentran en el CAD 3 10 152.
POL 2 92 090 Seguro de vida sin valores garantizados.
Este seguro no cubre el riesgo de muerte si el fallecimiento del asegurado fuere causado por:
Suicidio, automutilación, o autolesión, a menos que se acredite que el asegurado actuó totalmente privado de la razón. No obstante, la compañía aseguradora pagará el capital asegurado, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieran transcurrido dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro, desde su rehabilitación o desde el aumento de capital asegurado.
Pena de muerte o por participación en cualquier acto delictivo.
Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario o quien pudiere reclamar la cantidad asegurada o la indemnización.
Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido o no declaración de guerra.
Realización de una actividad o deporte riesgoso, que las partes hayan acordado excluir de la cobertura, al no aceptar el contratante un recargo de prima.
Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de estas y las exclusiones correspondientes se encuentran en el POL 2 92 090.