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Desgravamen

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Ventajas

  • Este seguro se puede contratar independiente de la entidad financiera que otorga el crédito, permitiendo encontrar un seguro más competitivo.
  • Este seguro permite cubrir el riesgo producido por un eventual fallecimiento de alguno de sus deudores.
  • Ofrece la oportunidad de complementar su seguro de vida y la protección de su familia contratando las coberturas adicionales que fortalecen su inversión.
Para mayor información de su seguro Desgravamen llámenos al 800 22 44 62

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Coberturas

  • Este seguro esta orientado a cubrir la deuda que el asegurado fallecido haya contraído en vida con alguna institución crediticia.
  • Puede ser contratado por cualquier persona que contraiga una deuda financiera con una institución bancaria, ya sea para créditos hipotecarios de cualquier tipo, créditos de consumo o créditos automotrices.
  • Se pagará el capital asegurado al beneficiario, inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, previa deducción de cualquiera obligación a favor de la compañía.
  • El monto asegurado corresponde al saldo insoluto de la deuda que el fallecido mantenga a la fecha con la Institución Crediticia.
  • Se entiende por capital asegurado, el saldo insoluto del crédito identificado en las condiciones particulares de la póliza, al último día del mes inmediatamente anterior a la fecha de fallecimiento del deudor, suponiendo un servicio regular de la deuda.
  • El pago de las primas termina a la fecha de vencimiento de la póliza o junto con la muerte del asegurado si ésta ocurre antes.
  • El beneficiario del seguro, quien recibe el capital asegurado, deberá ser el "acreedor" de la deuda (institución bancaria), por otra parte no se cubren deudas por dividendos morosos.
  • Si a consecuencia de la liquidación de esta póliza, motivada por el fallecimiento del asegurado, el capital estipulado fuere superior al saldo insoluto efectivo, el asegurador pagará la diferencia a los herederos legales del asegurado.
  • Este producto no dará derecho a préstamos o rescates y permanecerá vigente mientras se paguen las primas, con derecho a rehabilitar.

Las edades de contratación y permanencia para este seguro son:
Edad mínima contratación: 20 años
Edad máxima contratación: 65 años
Edad máxima permanencia: 99 años

 

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Exclusiones

La cobertura no cubre cuando el fallecimiento del asegurado ocurre: Por alguna de las circunstancias mencionadas en los números 1º y 2º del artículo 575 del Código de Comercio; no obstante, el asegurador pagará el capital asegurado al beneficiario, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que el asegurado hubiere permanecido, a lo menos, un año como asegurado vigente.

Por participación del asegurado en guerra internacional, sea que Chile tenga o no intervención en ella; en guerra civil, dentro o fuera de Chile; o en motín o conmoción contra el orden público dentro o fuera del país, siempre que el asegurado tenga participación activa en dicho motín o conmoción.

En estos casos, el asegurador sólo estará obligado a devolver a los herederos del asegurado una cantidad igual al valor de las primas ya pagadas, previa deducción de cualquier deuda por concepto del contrato.

El riesgo es cubierto por Compañía Seguros de Vida Security Previsión S.A. según las condiciones inscritas en la S.V.S. bajo el código POL 2 88 013. La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de éstas y las exclusiones correspondientes se encuentra en las pólizas antes mencionadas. Los datos o antecedentes ingresados son de exclusiva responsabilidad del solicitante asumiendo las consecuencias derivadas de errores o inexactitudes.

 

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