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APV Max 2.0

Es un seguro que amplía tus posibilidades al máximo, pues aseguras un doble capital, uno que complementará tu pensión al momento de jubilar y otro que te protege desde hoy.

Con APV Max 2.0 combinas la máxima rentabilidad de tus ahorros y la mejor protección en caso de invalidez o muerte.

Descargar Póliza 1

Ventajas

  • Baja prima mensual.
  • Rentabilidad para tus ahorros y protección en caso de muerte o invalidez.
  • Obtienes beneficio tributario del APV.
  • Flexibilidad en la administración de tu inversión.
  • La indemnización por fallecimiento o invalidez se paga en un solo acto.
  • El capital asegurado, en caso de fallecimiento, es entregado directamente como indemnización a los beneficiarios legales, sin pagar impuesto.
  • Todo el respaldo financiero de Grupo Security.

Coberturas

Puede contratarse desde los 18 años hasta los 65 años, pudiendo permanecer asegurado hasta los 99 años.

Capital a asegurar desde UF 500 a UF 3.000

Prima mínima a pagar: desde UF1

Plan A

La compañía pagará a los beneficiarios de la póliza el mayor valor entre el capital asegurado y el valor póliza incrementado en un 10% del capital asegurado por fallecimiento.

Plan B

La compañía pagará a los beneficiarios de la póliza la suma del capital asegurado más el Valor Póliza al momento de ocurrido el fallecimiento.

Adicionales

Puedes complementar tu seguro APV Max 2.0 con los siguientes adicionales:

  • Muerte Accidental

    En caso de muerte accidental, la Compañía entregará el doble del capital se tu seguro principal, con cobertura hasta los 65 años.

  • Invalidez Permanente 2/3

    En caso de invalidez accidental, la Compañía anticipa el 100% del pago del capital asegurado por fallecimiento en caso de pérdida del 66,6% de tu capacidad de trabajo. Esta cobertura esta vigente hasta los 60 años.

Exclusiones

Este seguro no cubre el riesgo de muerte si el fallecimiento del asegurado fuere causado por:

  • Suicidio, no obstante la Compañía aseguradora pagará el monto a los beneficiarios siempre que hubieren transcurrido dos (2) años desde la fecha de contratación del seguro.
     
  • Pena de muerte o por participación en cualquier acto delictivo.
     
  • Acto delictivo cometido en calidad de autor o cómplice, por algún beneficiario.
     
  • Guerra, invasión, acto de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas.
     
  • Realización de una actividad o deporte riesgoso.
     
  • Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
     
  • Pérdida de vida causada por cualquier acto de terrorismo

La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de estas y las exclusiones correspondientes se encuentran en el POL 209032.

Opciones de Inversión

La rentabilidad es fluctuante, por lo que nada garantiza que las rentabilidades
pasadas se mantengan en el futuro.